Vertientes cumplimiento FONMIXCOZ.

Fondo Mixto de Cozumel, Quintana Roo (FONMIXCOZ)
Formato Apartado virtual “Protección de datos personales”

No. Criterio Medio de verificación
1. Hipervínculo al apartado denominado “Protección de Datos Personales” publicado en el portal de internet
del sujeto obligado en su página de inicio
Apartado de proteccion de datos personales del fondo mixto de cozumel quintana roo fonmixcoz
2. Hipervínculo a la sección “1. Avisos de privacidad integrales” publicada dentro del apartado “Protección
de Datos Personales”
No Aplica

El Fondo Mixto de Cozumel, Quintana Roo dejó de operar a raíz del oficio 311-A-3655, de
fecha 15 de julio de 1999, donde la entonces Dirección General de Programación y Presupuesto de
Servicios de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP), ordenó iniciar el proceso de extinción
de los Fideicomisos Fondos Mixtos, por haberse constituido de manera irregular, ya que la participación
del Gobierno Federal no fue como Fideicomitente a través de la SHCP, sino como “Coadyuvante”,
encontrándose actualmente en proceso de extinción.

En ese sentido, por su propia y especial naturaleza, el Fondo Mixto de referencia carece de estructura
orgánica propia, motivo por el cual, carece de personal a su cargo. Asimismo, no cuenta con Manuales de
Operación y/o procedimientos que impliquen o regulen el tratamiento de datos personales.

3. Hipervínculo a la sección “2. Datos de contacto de la Unidad de Transparencia y, en su caso, del Oficial
de Protección de Datos Personales” publicada dentro del apartado “Protección de Datos Personales”
Apartado de proteccion de datos personales del fondo mixto de cozumel quintana roo fonmixcoz
4. Hipervínculo a la sección “3. Información relevante en materia de protección de datos personales”
publicada dentro del apartado “Protección de Datos Personales”
Apartado de proteccion de datos personales del fondo mixto de cozumel quintana roo fonmixcoz

   
Vertiente 1: Principios
Variable y formato 1.1 Aviso de Privacidad Integral
Formato 1.1 Aviso de Privacidad Integral

Ejercicio (año) del que se presenta la información 2022
Fecha de publicación de la información 12/08/2022
Fecha de la última actualización 12/08/2022
No. Criterio Medio de verificación
1 Hipervínculo al documento que contenga la información relativa al aviso o avisos de
privacidad integrales
No Aplica

El Fondo Mixto de Cozumel, Quintana Roo dejó de operar a raíz del oficio 311-A-3655, de
fecha 15 de julio de 1999, donde la entonces Dirección General de Programación y Presupuesto de
Servicios de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP), ordenó iniciar el proceso de extinción
de los Fideicomisos Fondos Mixtos, por haberse constituido de manera irregular, ya que la participación
del Gobierno Federal no fue como Fideicomitente a través de la SHCP, sino como “Coadyuvante”,
encontrándose actualmente en proceso de extinción.

En ese sentido, por su propia y especial naturaleza, el Fondo Mixto de referencia carece de estructura
orgánica propia, motivo por el cual, carece de personal a su cargo. Asimismo, no cuenta con Manuales de
Operación y/o procedimientos que impliquen o regulen el tratamiento de datos personales.

2 a) Denominación del tratamiento de datos personales que lleva a cabo el sujeto obligado
(incluido el tratamiento de datos de su personal)
b) Tipo de medio por el cual se difunde el aviso de privacidad (Físico / Electrónico /
Físico y Electrónico / Óptico / Sonoro / Visual / Otra tecnología)
c) Lugar físico en el cual el titular podrá revisar el aviso de privacidad
d) Hipervínculo al aviso de privacidad publicado en el portal de internet del responsable

   
Formato 1.2 Mecanismos para acreditar el cumplimiento de principios, deberes y obligaciones de la Ley General y
demás disposiciones aplicables

Ejercicio (año) del que se presenta la información 2022
Fecha de publicación de la información 12/08/2022
Fecha de la última actualización 12/08/2022
No. Criterio Medio de verificación
1 Oficio o instrumento a través del cual se autoriza el destino de recursos para la
instrumentación de programas y políticas de protección de datos personales
No Aplica

El Fondo Mixto de Cozumel, Quintana Roo dejó de operar a raíz del oficio 311-A-3655, de
fecha 15 de julio de 1999, donde la entonces Dirección General de Programación y Presupuesto de
Servicios de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP), ordenó iniciar el proceso de extinción
de los Fideicomisos Fondos Mixtos, por haberse constituido de manera irregular, ya que la participación
del Gobierno Federal no fue como Fideicomitente a través de la SHCP, sino como “Coadyuvante”,
encontrándose actualmente en proceso de extinción.

En ese sentido, por su propia y especial naturaleza, el Fondo Mixto de referencia carece de estructura
orgánica propia, motivo por el cual, carece de personal a su cargo. Asimismo, no cuenta con Manuales de
Operación y/o procedimientos que impliquen o regulen el tratamiento de datos personales.

2 Hipervínculo al programa o política de protección de datos personales No Aplica

El Fondo Mixto de Cozumel, Quintana Roo dejó de operar a raíz del oficio 311-A-3655, de
fecha 15 de julio de 1999, donde la entonces Dirección General de Programación y Presupuesto de
Servicios de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP), ordenó iniciar el proceso de extinción
de los Fideicomisos Fondos Mixtos, por haberse constituido de manera irregular, ya que la participación
del Gobierno Federal no fue como Fideicomitente a través de la SHCP, sino como “Coadyuvante”,
encontrándose actualmente en proceso de extinción.

En ese sentido, por su propia y especial naturaleza, el Fondo Mixto de referencia carece de estructura
orgánica propia, motivo por el cual, carece de personal a su cargo. Asimismo, no cuenta con Manuales de
Operación y/o procedimientos que impliquen o regulen el tratamiento de datos personales.

3 Hipervínculo al programa de capacitación de protección de datos personales No Aplica

El Fondo Mixto de Cozumel, Quintana Roo dejó de operar a raíz del oficio 311-A-3655, de
fecha 15 de julio de 1999, donde la entonces Dirección General de Programación y Presupuesto de
Servicios de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP), ordenó iniciar el proceso de extinción
de los Fideicomisos Fondos Mixtos, por haberse constituido de manera irregular, ya que la participación
del Gobierno Federal no fue como Fideicomitente a través de la SHCP, sino como “Coadyuvante”,
encontrándose actualmente en proceso de extinción.

En ese sentido, por su propia y especial naturaleza, el Fondo Mixto de referencia carece de estructura
orgánica propia, motivo por el cual, carece de personal a su cargo. Asimismo, no cuenta con Manuales de
Operación y/o procedimientos que impliquen o regulen el tratamiento de datos personales.

4 Hipervínculo al documento en el cual se especifiquen los sistemas de supervisión y
vigilancia
No Aplica

El Fondo Mixto de Cozumel, Quintana Roo dejó de operar a raíz del oficio 311-A-3655, de
fecha 15 de julio de 1999, donde la entonces Dirección General de Programación y Presupuesto de
Servicios de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP), ordenó iniciar el proceso de extinción
de los Fideicomisos Fondos Mixtos, por haberse constituido de manera irregular, ya que la participación
del Gobierno Federal no fue como Fideicomitente a través de la SHCP, sino como “Coadyuvante”,
encontrándose actualmente en proceso de extinción.

En ese sentido, por su propia y especial naturaleza, el Fondo Mixto de referencia carece de estructura
orgánica propia, motivo por el cual, carece de personal a su cargo. Asimismo, no cuenta con Manuales de
Operación y/o procedimientos que impliquen o regulen el tratamiento de datos personales.

5 Hipervínculo al documento en el cual el responsable establece el procedimiento para la
recepción y respuesta de dudas, y quejas de los titulares en materia de protección de datos personales
No Aplica

El Fondo Mixto de Cozumel, Quintana Roo dejó de operar a raíz del oficio 311-A-3655, de
fecha 15 de julio de 1999, donde la entonces Dirección General de Programación y Presupuesto de
Servicios de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP), ordenó iniciar el proceso de extinción
de los Fideicomisos Fondos Mixtos, por haberse constituido de manera irregular, ya que la participación
del Gobierno Federal no fue como Fideicomitente a través de la SHCP, sino como “Coadyuvante”,
encontrándose actualmente en proceso de extinción.

En ese sentido, por su propia y especial naturaleza, el Fondo Mixto de referencia carece de estructura
orgánica propia, motivo por el cual, carece de personal a su cargo. Asimismo, no cuenta con Manuales de
Operación y/o procedimientos que impliquen o regulen el tratamiento de datos personales.

   
Vertiente 2: Deberes
Variable y formato 2.1 Deber de seguridad
Formato 2.1 Deber de seguridad

Ejercicio (año) del que se presenta la información 2022
Fecha de publicación de la información 12/08/2022
Fecha de la última actualización 12/08/2022
No. Criterio Medio de verificación
1 Hipervínculo a la versión pública del documento de seguridad del responsable, testando
únicamente lo relativo al plan de trabajo que contiene, además, el análisis de riesgo y brecha
No Aplica

El Fondo Mixto de Cozumel, Quintana Roo dejó de operar a raíz del oficio 311-A-3655, de
fecha 15 de julio de 1999, donde la entonces Dirección General de Programación y Presupuesto de
Servicios de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP), ordenó iniciar el proceso de extinción
de los Fideicomisos Fondos Mixtos, por haberse constituido de manera irregular, ya que la participación
del Gobierno Federal no fue como Fideicomitente a través de la SHCP, sino como “Coadyuvante”,
encontrándose actualmente en proceso de extinción.

En ese sentido, por su propia y especial naturaleza, el Fondo Mixto de referencia carece de estructura
orgánica propia, motivo por el cual, carece de personal a su cargo. Asimismo, no cuenta con Manuales de
Operación y/o procedimientos que impliquen o regulen el tratamiento de datos personales.

2 Hipervínculo al programa o política de protección de datos personales No Aplica

El Fondo Mixto de Cozumel, Quintana Roo dejó de operar a raíz del oficio 311-A-3655, de
fecha 15 de julio de 1999, donde la entonces Dirección General de Programación y Presupuesto de
Servicios de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP), ordenó iniciar el proceso de extinción
de los Fideicomisos Fondos Mixtos, por haberse constituido de manera irregular, ya que la participación
del Gobierno Federal no fue como Fideicomitente a través de la SHCP, sino como “Coadyuvante”,
encontrándose actualmente en proceso de extinción.

En ese sentido, por su propia y especial naturaleza, el Fondo Mixto de referencia carece de estructura
orgánica propia, motivo por el cual, carece de personal a su cargo. Asimismo, no cuenta con Manuales de
Operación y/o procedimientos que impliquen o regulen el tratamiento de datos personales.

   
Formato 2.2 Deber de confidencialidad y comunicaciones de datos personales

Ejercicio (año) del que se presenta la información 2022
Fecha de publicación de la información 12/08/2022
Fecha de la última actualización 12/08/2022
No. Criterio Medio de verificación
1 Hipervínculo al documento mediante el cual se establecen los controles dirigidos a asegurar
la confidencialidad que deben guardar todas las personas que intervienen en cualquier fase del
tratamiento de datos personales. Los controles deben identificarse con claridad de forma sencilla.
No Aplica

El Fondo Mixto de Cozumel, Quintana Roo dejó de operar a raíz del oficio 311-A-3655, de
fecha 15 de julio de 1999, donde la entonces Dirección General de Programación y Presupuesto de
Servicios de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP), ordenó iniciar el proceso de extinción
de los Fideicomisos Fondos Mixtos, por haberse constituido de manera irregular, ya que la participación
del Gobierno Federal no fue como Fideicomitente a través de la SHCP, sino como “Coadyuvante”,
encontrándose actualmente en proceso de extinción.

En ese sentido, por su propia y especial naturaleza, el Fondo Mixto de referencia carece de estructura
orgánica propia, motivo por el cual, carece de personal a su cargo. Asimismo, no cuenta con Manuales de
Operación y/o procedimientos que impliquen o regulen el tratamiento de datos personales.

2 Hipervínculo al documento que contenga la relación de los instrumentos jurídicos que regulan
la relación con los encargados, en cual se establecerá como cláusula general el guardar confidencialidad
respecto de los datos personales tratados por el encargado. El documento deberá contener la denominación
e hipervínculo de la versión pública de cada instrumento jurídico y su finalidad, así como indicar si
estos incluyen la cláusula general de confidencialidad[1]
No Aplica

El Fondo Mixto de Cozumel, Quintana Roo dejó de operar a raíz del oficio 311-A-3655, de
fecha 15 de julio de 1999, donde la entonces Dirección General de Programación y Presupuesto de
Servicios de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP), ordenó iniciar el proceso de extinción
de los Fideicomisos Fondos Mixtos, por haberse constituido de manera irregular, ya que la participación
del Gobierno Federal no fue como Fideicomitente a través de la SHCP, sino como “Coadyuvante”,
encontrándose actualmente en proceso de extinción.

En ese sentido, por su propia y especial naturaleza, el Fondo Mixto de referencia carece de estructura
orgánica propia, motivo por el cual, carece de personal a su cargo. Asimismo, no cuenta con Manuales de
Operación y/o procedimientos que impliquen o regulen el tratamiento de datos personales.

En caso de que no aplique, el responsable deberá especificar que a la fecha no se cuenta con
Encargado(s).
3 Hipervínculo al documento que contenga la relación de los instrumentos jurídicos mediante
los cuales se formaliza la contratación o adhesión a servicios, aplicaciones e infraestructura en el
cómputo en la nube y otras materias, en los cuales se establezcan las condiciones o cláusulas generales
de contratación, incluidas aquéllas en las cuales el o los proveedores se obliguen a guardar
confidencialidad respecto de los datos personales sobre los que se preste(n) el servicio. El documento
deberá contener la denominación e hipervínculo de la versión pública de cada instrumento jurídico, su
finalidad e indicar si incluyen las condiciones o cláusulas generales de la contratación, así como la
cláusula general de confidencialidad[2]
No Aplica

El Fondo Mixto de Cozumel, Quintana Roo dejó de operar a raíz del oficio 311-A-3655, de
fecha 15 de julio de 1999, donde la entonces Dirección General de Programación y Presupuesto de
Servicios de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP), ordenó iniciar el proceso de extinción
de los Fideicomisos Fondos Mixtos, por haberse constituido de manera irregular, ya que la participación
del Gobierno Federal no fue como Fideicomitente a través de la SHCP, sino como “Coadyuvante”,
encontrándose actualmente en proceso de extinción.

En ese sentido, por su propia y especial naturaleza, el Fondo Mixto de referencia carece de estructura
orgánica propia, motivo por el cual, carece de personal a su cargo. Asimismo, no cuenta con Manuales de
Operación y/o procedimientos que impliquen o regulen el tratamiento de datos personales.

En caso de que no aplique, el responsable deberá especificar que a la fecha no se cuenta con
proveedor(es) de servicios, aplicaciones e infraestructura en el cómputo en la nube y otras materias.
4 Hipervínculo al documento que contenga la relación de los instrumentos jurídicos mediante
los cuales se formalizan las transferencias de datos personales, y en los cuales el receptor de los
datos personales se obliga a garantizar la confidencialidad de los datos personales a los que da
tratamiento. El documento deberá contener la denominación e hipervínculo de la versión pública de cada
instrumento jurídico, su finalidad, breve descripción de la forma en la que se obtuvo el consentimiento
del titular, o bien, especificar alguna de las excepciones establecidas en los artículos 22 fracción II
y/o 70 de la Ley General; medio o forma por el que el responsable comunicó al receptor de los datos
personales, el aviso de privacidad conforme al cual se tratan los datos personales frente al titular;
así como indicar si estos incluyen la cláusula general de confidencialidad[3]
No Aplica

El Fondo Mixto de Cozumel, Quintana Roo dejó de operar a raíz del oficio 311-A-3655, de
fecha 15 de julio de 1999, donde la entonces Dirección General de Programación y Presupuesto de
Servicios de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP), ordenó iniciar el proceso de extinción
de los Fideicomisos Fondos Mixtos, por haberse constituido de manera irregular, ya que la participación
del Gobierno Federal no fue como Fideicomitente a través de la SHCP, sino como “Coadyuvante”,
encontrándose actualmente en proceso de extinción.

En ese sentido, por su propia y especial naturaleza, el Fondo Mixto de referencia carece de estructura
orgánica propia, motivo por el cual, carece de personal a su cargo. Asimismo, no cuenta con Manuales de
Operación y/o procedimientos que impliquen o regulen el tratamiento de datos personales.

En caso de que no aplique, el responsable deberá especificar que a la fecha no se han
realizado transferencias, o bien, que no aplica por actualizarse alguno de los supuestos que establece
el artículo 66 fracciones I y II de la Ley General.

   
Vertiente 3: Ejercicio de los derechos ARCO
Variable y formato 3.1 Mecanismo para el ejercicio de los derechos ARCO
Formato 3.1 Mecanismos para el ejercicio de los derechos ARCO

Ejercicio (año) del que se presenta la información 2022
Fecha de publicación de la información 12/08/2022
Fecha de la última actualización 12/08/2022
No. Criterio Medio de verificación
1 Hipervínculo del documento que contiene los medios y procedimientos habilitados por el
responsable para atender las solicitudes para el ejercicio de los derechos ARCO
Ley general de proteccion de datos personales en posesion de sujetos obligados/
2 Hipervínculo al documento que detalla la siguiente información relativa a las solicitudes
para el ejercicio del derecho de Acceso a datos personales recibidas por el sujeto obligado[1]:
No se recibieron solicitudes para el ejercicio del derecho de Acceso de datos
personales
a) Número de solicitudes recibidas
b) Número de solicitudes atendidas dentro del plazo legal establecido
c) Número de solicitudes que no se atendieron dentro del plazo legal establecido
En caso de no haber recibidos solicitudes para el ejercicio del derecho de Acceso a datos
personales, deberá especificarlo en el presente formato sin que sea necesario publicar documento alguno.
3 Hipervínculo al documento que detalla la siguiente información relativa a las solicitudes
para el ejercicio del derecho de Rectificación de datos personales recibidas por el sujeto obligado[2]:
No se recibieron solicitudes para el ejercicio del derecho de Rectificación de
datos personales
a) Número de solicitudes recibidas
b) Número de solicitudes atendidas dentro del plazo legal establecido
c) Número de solicitudes que no se atendieron dentro del plazo legal establecido
En caso de no haber recibido solicitudes para el ejercicio del derecho de Rectificación de
datos personales, deberá especificarlo en el presente formato sin que sea necesario publicar documento
alguno.
4 Hipervínculo al documento que detalla la siguiente información relativa a las solicitudes
para el ejercicio del derecho de Cancelación de datos personales recibidas por el sujeto obligado[3]:
No se recibieron solicitudes para el ejercicio del derecho de Cancelación de
datos personales
a) Número de solicitudes recibidas
b) Número de solicitudes atendidas dentro del plazo legal establecido
c) Número de solicitudes que no se atendieron dentro del plazo legal establecido
En caso de no haber recibido solicitudes para el ejercicio del derecho de Cancelación de
datos personales, deberá especificarlo en el presente formato sin que sea necesario publicar documento
alguno.
5 Hipervínculo al documento que detalla la siguiente información relativa a las solicitudes
para el ejercicio del derecho de Oposición al tratamiento de datos personales recibidas por el sujeto
obligado[4]:
No
se recibieron solicitudes para el ejercicio del derecho de Oposición de datos personales
a) Número de solicitudes recibidas
b) Número de solicitudes atendidas dentro del plazo legal establecido
c) Número de solicitudes que no se atendieron dentro del plazo legal establecido
En caso de no haber recibidos solicitudes para el ejercicio del derecho de Oposición al
tratamiento de datos personales, deberá especificarlo en el presente formato sin que sea necesario
publicar documento alguno.

   
Vertiente 4: Portabilidad
Variable y formato 4.1 Portabilidad de datos personales
Formato 4.1 Portabilidad de datos personales

Ejercicio (año) del que se presenta la información 2022
Fecha de publicación de la información 12/08/2022
Fecha de la última actualización 12/08/2022
No. Criterio Medio de verificación
Indique si el sujeto obligado realiza tratamientos de datos personales por medios
automatizados o electrónicos (Sí / No)
No
El Fondo Mixto de Cozumel, Quintana Roo dejó de operar a raíz del oficio 311-A-3655, de
fecha 15 de julio de 1999, donde la entonces Dirección General de Programación y Presupuesto de
Servicios de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP), ordenó iniciar el proceso de extinción
de los Fideicomisos Fondos Mixtos, por haberse constituido de manera irregular, ya que la participación
del Gobierno Federal no fue como Fideicomitente a través de la SHCP, sino como “Coadyuvante”,
encontrándose actualmente en proceso de extinción.

En ese sentido, por su propia y especial naturaleza, el Fondo Mixto de referencia carece de estructura
orgánica propia, motivo por el cual, carece de personal a su cargo. Asimismo, no cuenta con Manuales de
Operación y/o procedimientos que impliquen o regulen el tratamiento de datos personales.

 

Por lo tanto, no realiza tratamiento de datos personales por medios automatizados o electrónicos.

En caso de no realizar tratamientos de datos personales por medios automatizados o
electrónicos, se deberá incluir la siguiente leyenda:
“El/la (nombre del sujeto obligado) no realiza tratamiento de datos personales por medios
automatizados o electrónicos.”
No
El Fondo Mixto de Cozumel, Quintana Roo dejó de operar a raíz del oficio 311-A-3655, de
fecha 15 de julio de 1999, donde la entonces Dirección General de Programación y Presupuesto de
Servicios de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP), ordenó iniciar el proceso de extinción
de los Fideicomisos Fondos Mixtos, por haberse constituido de manera irregular, ya que la participación
del Gobierno Federal no fue como Fideicomitente a través de la SHCP, sino como “Coadyuvante”,
encontrándose actualmente en proceso de extinción.

En ese sentido, por su propia y especial naturaleza, el Fondo Mixto de referencia carece de estructura
orgánica propia, motivo por el cual, carece de personal a su cargo. Asimismo, no cuenta con Manuales de
Operación y/o procedimientos que impliquen o regulen el tratamiento de datos personales.

 

Por lo tanto, no realiza tratamiento de datos personales por medios automatizados o electrónicos.

En caso de no hacerlo deberá omitir publicar información en los siguientes criterios de la
presente variable
2 Señale si emplea un formato electrónico accesible y legible por medios automatizados, es
decir, que éstos últimos pueden identificar, reconocer, extraer, explorar o realizar cualquier otra
operación con datos personales específicos (Sí / No)
3 Indique si el formato utilizado permite la reutilización y/o aprovechamiento de los datos
personales (Sí / No)
4 Documento que contenga el hipervínculo al / a los aviso(s) de privacidad integral(es) por
cada tratamiento de datos personales en los cuales sea posible solicitar la portabilidad de estos, donde
se establezcan los tipos o categorías de datos personales que técnicamente sean portables; el o los
tipos de formatos estructurados y comúnmente utilizados disponibles para obtener o transmitir sus datos
personales, y los mecanismos, medios y procedimientos disponibles para que el titular pueda solicitar la
portabilidad de sus datos personales. Dicho documento deberá contener la siguiente información[1]:
a) Denominación del tratamiento de datos personales que permite la portabilidad
b) Tipo de medio por el cual se difunde el aviso de privacidad (Físico / Electrónico /
Físico y Electrónico / Óptico / Sonoro / Visual / Otra tecnología)
c) Lugar físico en el cual el titular podrá revisar el aviso de privacidad
d) Hipervínculo al aviso de privacidad publicado en el portal de internet del responsable
5 Señale si en caso de que el titular no acompañe a su solicitud el medio de almacenamiento
para la elaboración de la copia correspondiente de sus datos personales, el sujeto obligado facilita
dicho medio de almacenamiento (Sí / No)
6 Hipervínculo al documento mediante el cual establece las medidas de seguridad de carácter
administrativo, físico y técnico para la transmisión de los datos personales como son, de manera
enunciativa mas no limitativa, mecanismos de autenticación de usuarios, conexiones seguras, o bien,
utilizar medios electrónicos de transmisión cifrados.
En caso de tratarse del documento de seguridad, deberá incluir la versión pública del mismo.
Por ningún motivo debe incluirse en este apartado el documento de seguridad íntegro con el que cuenta el
responsable. El documento de seguridad deberá publicarse protegiendo el plan de trabajo, el análisis de
riesgo y el análisis de brecha respectivos; lo que implica que en caso de que se dejen visibles, sin
excepción, será considerado como incumplimiento al presente criterio

   
Vertiente 5: Acciones preventivas en materia de protección de datos personales
Variable y formato 5.1 Evaluación de impacto en la protección de datos personales
Formato 5.1 Evaluación de impacto en la protección de datos personales

Ejercicio (año) del que se presenta la información 2022
Fecha de publicación de la información 12/08/2022
Fecha de la última actualización 12/08/2022
No. Criterio Medio de verificación
1 Denominación de la política pública, programa, sistema, plataforma, aplicación o cualquier
otra actividad que implique el tratamiento intensivo o relevante de datos personales realizado.
No Aplica

El Fondo Mixto de Cozumel, Quintana Roo dejó de operar a raíz del oficio 311-A-3655, de
fecha 15 de julio de 1999, donde la entonces Dirección General de Programación y Presupuesto de
Servicios de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP), ordenó iniciar el proceso de extinción
de los Fideicomisos Fondos Mixtos, por haberse constituido de manera irregular, ya que la participación
del Gobierno Federal no fue como Fideicomitente a través de la SHCP, sino como “Coadyuvante”,
encontrándose actualmente en proceso de extinción.

En ese sentido, por su propia y especial naturaleza, el Fondo Mixto de referencia carece de estructura
orgánica propia, motivo por el cual, carece de personal a su cargo. Asimismo, no cuenta con Manuales de
Operación y/o procedimientos que impliquen o regulen el tratamiento de datos personales.

En caso de que no aplique, el responsable deberá especificarlo y deberá omitir ingresar
información en los criterios subsecuentes de la presente variable
2 La política pública, programa, sistema, plataforma, aplicación o cualquier otra actividad
que implique el tratamiento intensivo o relevante de datos personales realizado está sujeta a alguna de
las exenciones de la presentación de evaluación de impacto (Sí/No)
3 En caso de una respuesta en sentido afirmativo, hipervínculo al informe de exención emitido
por el INAI. Deberá omitir ingresar información en los criterios subsecuentes de la presente variable.
En caso de que la política pública, programa, sistema, plataforma, aplicación o cualquier
otra actividad que implique el tratamiento intensivo o relevante de datos personales realizado, no esté
sujeta a alguna de las exenciones de la presentación de evaluación de impacto, publicar el hipervínculo
a la evaluación de impacto entregada al INAI
4 Hipervínculo al dictamen de recomendaciones no vinculantes correspondiente emitido por el
INAI

   
Vertiente 6: Responsables en materia de Protección de Datos Personales
Variable y formato 6.1 El Comité de Transparencia y la Unidad de Transparencia
Formato 6.1 El Comité de Transparencia y la Unidad de Transparencia

Ejercicio (año) del que se presenta la información 2022
Fecha de publicación de la información 12/08/2022
Fecha de la última actualización 12/08/2022
No. Criterio Medio de verificación
1 Indicar si cuenta con Comité de Transparencia (Sí/No)

El Comité de Transparencia de la Secretaría de Turismo.

En caso de que la respuesta sea negativa deberá omitir ingresar información en los criterios
subsecuentes del presente formato
2 Hipervínculo al documento que contenga los procedimientos internos establecidos e
implementados que aseguren mayor eficiencia en la gestión de las solicitudes para el ejercicio de los
derechos ARCO
Política
Interna de Protección de Datos Personales de la Secretaría de Turismo

No Aplica

El Fondo Mixto de Cozumel, Quintana Roo dejó de operar a raíz del oficio 311-A-3655, de
fecha 15 de julio de 1999, donde la entonces Dirección General de Programación y Presupuesto de
Servicios de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP), ordenó iniciar el proceso de extinción
de los Fideicomisos Fondos Mixtos, por haberse constituido de manera irregular, ya que la participación
del Gobierno Federal no fue como Fideicomitente a través de la SHCP, sino como “Coadyuvante”,
encontrándose actualmente en proceso de extinción.

En ese sentido, por su propia y especial naturaleza, el Fondo Mixto de referencia carece de estructura
orgánica propia, motivo por el cual, carece de personal a su cargo. Asimismo, no cuenta con Manuales de
Operación y/o procedimientos que impliquen o regulen el tratamiento de datos personales.

3 Hipervínculo a los criterios específicos establecidos por el Comité para la mejor
observancia de la Ley General y de aquellas disposiciones aplicables en la materia
Política
Interna de Protección de Datos Personales de la Secretaría de Turismo

No Aplica

El Fondo Mixto de Cozumel, Quintana Roo dejó de operar a raíz del oficio 311-A-3655, de
fecha 15 de julio de 1999, donde la entonces Dirección General de Programación y Presupuesto de
Servicios de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP), ordenó iniciar el proceso de extinción
de los Fideicomisos Fondos Mixtos, por haberse constituido de manera irregular, ya que la participación
del Gobierno Federal no fue como Fideicomitente a través de la SHCP, sino como “Coadyuvante”,
encontrándose actualmente en proceso de extinción.

En ese sentido, por su propia y especial naturaleza, el Fondo Mixto de referencia carece de estructura
orgánica propia, motivo por el cual, carece de personal a su cargo. Asimismo, no cuenta con Manuales de
Operación y/o procedimientos que impliquen o regulen el tratamiento de datos personales.

4 Hipervínculo al programa de capacitación y actualización de los servidores públicos del
responsable establecido por el Comité
Programa de capacitacion 2022 sectur firmado por el comite de transparencia.pdf

 

No Aplica

El Fondo Mixto de Cozumel, Quintana Roo dejó de operar a raíz del oficio 311-A-3655, de
fecha 15 de julio de 1999, donde la entonces Dirección General de Programación y Presupuesto de
Servicios de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP), ordenó iniciar el proceso de extinción
de los Fideicomisos Fondos Mixtos, por haberse constituido de manera irregular, ya que la participación
del Gobierno Federal no fue como Fideicomitente a través de la SHCP, sino como “Coadyuvante”,
encontrándose actualmente en proceso de extinción.

En ese sentido, por su propia y especial naturaleza, el Fondo Mixto de referencia carece de estructura
orgánica propia, motivo por el cual, carece de personal a su cargo. Asimismo, no cuenta con Manuales de
Operación y/o procedimientos que impliquen o regulen el tratamiento de datos personales.

5 Indique si cuenta con Unidad de Transparencia (Sí/No).

La Unidad de Transparencia de la Secretaría de Turismo.

En caso de que la respuesta sea negativa deberá omitir ingresar información en los criterios
subsecuentes de la presente variable
6 Señale si la Unidad de Transparencia es el área encargada de gestionar las solicitudes para
el ejercicio de los derechos ARCO (SÍ / No)
7 Hipervínculo al documento que contenga los mecanismos establecidos por la Unidad de
Transparencia para asegurar que los datos personales solo se entreguen a su titular o su representante
debidamente acreditados
Política
Interna de Protección de Datos Personales de la Secretaría de Turismo

No Aplica

El Fondo Mixto de Cozumel, Quintana Roo dejó de operar a raíz del oficio 311-A-3655, de
fecha 15 de julio de 1999, donde la entonces Dirección General de Programación y Presupuesto de
Servicios de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP), ordenó iniciar el proceso de extinción
de los Fideicomisos Fondos Mixtos, por haberse constituido de manera irregular, ya que la participación
del Gobierno Federal no fue como Fideicomitente a través de la SHCP, sino como “Coadyuvante”,
encontrándose actualmente en proceso de extinción.

En ese sentido, por su propia y especial naturaleza, el Fondo Mixto de referencia carece de estructura
orgánica propia, motivo por el cual, carece de personal a su cargo. Asimismo, no cuenta con Manuales de
Operación y/o procedimientos que impliquen o regulen el tratamiento de datos personales.

8 Hipervínculo al documento mediante el cual el responsable da a conocer al público en
general, los costos por la reproducción y envío de los datos personales que le sean solicitados, con
base en lo establecido en las disposiciones normativas aplicables
Costos
por la reproducción y envío de los datos personales

No Aplica

El Fondo Mixto de Cozumel, Quintana Roo dejó de operar a raíz del oficio 311-A-3655, de
fecha 15 de julio de 1999, donde la entonces Dirección General de Programación y Presupuesto de
Servicios de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP), ordenó iniciar el proceso de extinción
de los Fideicomisos Fondos Mixtos, por haberse constituido de manera irregular, ya que la participación
del Gobierno Federal no fue como Fideicomitente a través de la SHCP, sino como “Coadyuvante”,
encontrándose actualmente en proceso de extinción.

En ese sentido, por su propia y especial naturaleza, el Fondo Mixto de referencia carece de estructura
orgánica propia, motivo por el cual, carece de personal a su cargo. Asimismo, no cuenta con Manuales de
Operación y/o procedimientos que impliquen o regulen el tratamiento de datos personales.

9 Hipervínculo al documento que contiene los instrumentos aplicados para evaluar calidad sobre
la gestión de las solicitudes para el ejercicio de los derechos ARCO
Encuesta
de calidad sobre la gestión de las solicitudes para el ejercicio de los derechos ARCO

No Aplica

El Fondo Mixto de Cozumel, Quintana Roo dejó de operar a raíz del oficio 311-A-3655, de
fecha 15 de julio de 1999, donde la entonces Dirección General de Programación y Presupuesto de
Servicios de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP), ordenó iniciar el proceso de extinción
de los Fideicomisos Fondos Mixtos, por haberse constituido de manera irregular, ya que la participación
del Gobierno Federal no fue como Fideicomitente a través de la SHCP, sino como “Coadyuvante”,
encontrándose actualmente en proceso de extinción.

En ese sentido, por su propia y especial naturaleza, el Fondo Mixto de referencia carece de estructura
orgánica propia, motivo por el cual, carece de personal a su cargo. Asimismo, no cuenta con Manuales de
Operación y/o procedimientos que impliquen o regulen el tratamiento de datos personales.

10 Hipervínculo al documento que enliste el o los acuerdos realizados con instituciones
públicas especializadas para auxiliar en la recepción, trámite y entrega de las respuestas a solicitudes
de datos personales, en lengua indígena, braille o cualquier formato accesible correspondiente, en forma
más eficiente
No Aplica

El Fondo Mixto de Cozumel, Quintana Roo dejó de operar a raíz del oficio 311-A-3655, de
fecha 15 de julio de 1999, donde la entonces Dirección General de Programación y Presupuesto de
Servicios de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP), ordenó iniciar el proceso de extinción
de los Fideicomisos Fondos Mixtos, por haberse constituido de manera irregular, ya que la participación
del Gobierno Federal no fue como Fideicomitente a través de la SHCP, sino como “Coadyuvante”,
encontrándose actualmente en proceso de extinción.

En ese sentido, por su propia y especial naturaleza, el Fondo Mixto de referencia carece de estructura
orgánica propia, motivo por el cual, carece de personal a su cargo. Asimismo, no cuenta con Manuales de
Operación y/o procedimientos que impliquen o regulen el tratamiento de datos personales.

   
Formato 6.2 Oficial de Protección de Datos Personales

Ejercicio (año) del que se presenta la información 2021
Fecha de publicación de la información 12/08/2022
Fecha de la última actualización 12/08/2022
No. Criterio Medio de verificación
1 Lleva a cabo tratamientos de datos personales intensivos o relevantes (Sí/No) No
2 Hipervínculo al documento mediante el cual el responsable designó al Oficial de protección
de datos personales
No Aplica

El Fondo Mixto de Cozumel, Quintana Roo dejó de operar a raíz del oficio 311-A-3655, de
fecha 15 de julio de 1999, donde la entonces Dirección General de Programación y Presupuesto de
Servicios de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP), ordenó iniciar el proceso de extinción
de los Fideicomisos Fondos Mixtos, por haberse constituido de manera irregular, ya que la participación
del Gobierno Federal no fue como Fideicomitente a través de la SHCP, sino como “Coadyuvante”,
encontrándose actualmente en proceso de extinción.

En ese sentido, por su propia y especial naturaleza, el Fondo Mixto de referencia carece de estructura
orgánica propia, motivo por el cual, carece de personal a su cargo. Asimismo, no cuenta con Manuales de
Operación y/o procedimientos que impliquen o regulen el tratamiento de datos personales.


La última vez que se actualizo este documento fue el 15 de Agosto de 2022