Acreditación de Guía de
Turistas Generales.
Guía de turistas, es la persona física
que proporciona al turista nacional o extranjero, orientación e información
profesional sobre el patrimonio turístico, cultural y de atractivos
relacionados con el turismo, así como servicios de asistencia; el cual puede
prestar sus servicios bajo la modalidad de guía general o guía especializado en
un tema o localidad específica de carácter cultural.
Guía General: Persona que cuenta con
estudios de guía a nivel técnico, reconocido en los términos de las leyes de la
materia y que puede desempeñar esta actividad a nivel nacional con un dominio
global de los atractivos turísticos del país.
La norma oficial mexicana,
NOM–08-TUR–2002 define los procedimientos y requisitos de información,
seguridad al turista y de protección al medio ambiente, patrimonio natural y
cultural que se requieren en el desarrollo de la actividad.
Para poder desempeñar la actividad de
guía de turistas general es necesario que el prestador obtenga la credencial de
reconocimiento de la norma oficial mexicana, debidamente expedida por la Secretaría de
Turismo.
Requisitos
para obtener la credencial de reconocimiento como guía de turistas general de
la norma oficial mexicana.
Credencial de elector, pasaporte o forma migratoria correspondiente.
Registro Federal de Contribuyentes, (R.F.C.).
Dos fotografías tamaño pasaporte a color en fondo blanco, (recientes).
Formato de inscripción al Registro Nacional de Turismo SECTUR-03-002
Pago de derechos $ 746.00, por concepto de inscripción (opcional)al
Registro Nacional
de Turismo (formato SHCP-5), cantidad vigente desde el 1 de enero hasta
el día 31 de diciembre del 2009.
Formato de inscripción al Registro Nacional de Turismo SECTUR-03-002.
Certificado de estudios de nivel medio superior o nivel técnico en un
área vinculada con la actividad
turística, reconocidos por las autoridades competentes en la materia.
Diplomado de proceso de formación académica de 360 horas teóricas y 150 horas prácticas, como mínimo mismos que
pueden ser organizados por la
secretaría o por las autoridades de
turismo.
Acreditar examen de conocimientos generales con calificación
mínima de 8 (ocho).
Acreditar examen de dominio de una lengua adicional al español
con calificación mínima del 80% (ochenta).
Constancia de primeros auxilios.
En caso de ser extranjeros, además de lo anterior debe de
acreditar fehacientemente su legal
estancia en el país y calidad y característica migratoria para desarrollar la actividad
de guía de turistas en los términos
de la legislación
aplicable.
La vigencia
de la credencial
de reconocimiento
será como máximo la prevista para la calidad migratoria emitida.
Asimismo, los solicitantes extranjeros deben de acreditar examen de
dominio de idioma español con calificación mínima de 90%. En caso de
presentar certificado de estudios expedido en el
país donde se realizaron en las materias
en las que se refiere en el punto 5.1 de
la norma, será necesaria su traducción por perito al español,
en el caso de que dichos estudios
fueran en un idioma distinto a éste; así como legalizado por la Embajada o Consulado de los Estados Unidos
Mexicanos en el país de expedición del documento.
Las fechas y horarios de los cursos,
diplomados y exámenes de idiomas, deberán consultarse en la Dirección General
de Desarrollo de la
Cultura Turística, Calle Schiller No. 138, cuarto piso,
Colonia Chapultepec Morales, México, Distrito Federal, teléfono (55)3002 6300
extensión 4432 ó en las oficinas estatales de turismo.