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Sustanciación del Procedimiento Administrativo de Infracción

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Trámite o Servicio: SECTUR-03-004
Sustanciación del Procedimiento Administrativo Sancionador
 

Tiempo de respuesta:
La Secretaría de Turismo dispone de 15 días para el desahogo de las pruebas que, en su caso, fueren ofrecidas por el prestador de servicios al momento de su comparecencia.
 
Usuario:
Prestadores de Servicios Turísticos
 
Comprobante a obtener:
 
Acuse de recibo
Descripción:
El prestador de servicios turísticos sujeto a un procedimiento infraccionario, podrá ofrecer cualquier clase de pruebas que tengan relación con los hechos consignados en el acta de verificación, con excepción de la confesional, la testimonial y las contrarias a la ley o a la moral.
 
Requisitos:
Escrito libre
 
Costo:
Sin costo
 
Lugar de pago:
No aplica
 
Área de recepción:
Secretaría de Turismo, Dirección General de Mejora Regulatoria o en las oficinas locales de turismo.
 
Domicilio:
Av. Presidente Masarik No. 172, primer piso, Col. Chapultepec Morales, C.P. 11587, México, D.F., y en las oficinas locales de turismo.
Horario de atención:
 
De 8:00 a 15:00 horas.
Teléfonos:
52 50 48 06, 30 02 63 00 Ext. 1244
 
Fundamento Jurídico:
 
Artículo 81 del Reglamento de la Ley Federal de Turismo

 
Nota: Para mayor información sobre estos temas favor de comunicarse a la Dirección de Verificación:
Presidente Masaryk No. 172, 1er piso,
Col. Bosques de Chapultepec, C.P. 11580,
Delegación Miguel Hidalgo,
Tel. (55) 3002-6300 ext. 1267
 
 
Última modificación:
Miércoles 29 de junio de 2011 a las 18:18:04 por José Luis Cruz Galicia