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Acreditación de Guías de Turistas Generales

Contenido de sección
 
Guía de turistas, es la persona física que proporciona al turista nacional o extranjero, orientación e información profesional sobre el patrimonio turístico, cultural y de atractivos relacionados con el turismo, así como servicios de asistencia; el cual puede prestar sus servicios bajo la modalidad de guía general o guía especializado en un tema o localidad específica de carácter cultural.
 
Guía General: Persona que cuenta con estudios de guía a nivel técnico, reconocido en los términos de las leyes de la materia y que puede desempeñar esta actividad a nivel nacional con un dominio global de los atractivos turísticos del país.
 
La norma oficial mexicana, NOM–08-TUR–2002 define los procedimientos y requisitos de información, seguridad al turista y de protección al medio ambiente, patrimonio natural y cultural que se requieren en el desarrollo de la actividad.
 
Para poder desempeñar la actividad de guía de turistas general es necesario que el prestador obtenga la credencial de reconocimiento de la norma oficial mexicana, debidamente expedida por la Secretaría de Turismo.
 
Requisitos para obtener la credencial de reconocimiento como guía de turistas general de la norma oficial mexicana.
 
• Credencial de elector, pasaporte o forma migratoria correspondiente.
 
Registro Federal de Contribuyentes, (R.F.C.).
 
Dos fotografías tamaño pasaporte a color en fondo blanco, (recientes).
 
Formato de inscripción al Registro Nacional de Turismo SECTUR-03-002
 
Pago de derechos $836.00, por concepto de inscripción (opcional) al Registro Nacional de Turismo con el
   formato
e5cinco disponible en nuestro portal dentro de la sección servicios, cantidad vigente desde el 1
   de enero  hasta el día 31 de diciembre del 2011.
 
Formato de inscripción al Registro Nacional de Turismo SECTUR-03-002.
 
Certificado de estudios de nivel medio superior o nivel técnico en un área vinculada con la actividad
 
 turística, reconocidos por las autoridades competentes en la materia.
 
Diplomado de proceso de formación académica de 360 horas teóricas y 150 horas prácticas, como
   mínimo mismos que pueden ser organizados por la secretaría o por las  autoridades de turismo.
 
Acreditar examen de conocimientos generales con calificación mínima de 8 (ocho).
 
Acreditar examen de dominio de una lengua adicional al español con calificación mínima del 80%
 
 (ochenta).
 
Constancia de primeros auxilios.
 
En caso de ser extranjeros, además de lo anterior debe de acreditar fehacientemente su legal estancia en
   el país y calidad y característica migratoria para desarrollar la actividad de guía de turistas en los términos
   de la legislación aplicable. La vigencia de la credencial de reconocimiento será como máximo la prevista
   para la calidad  migratoria emitida. Asimismo, los solicitantes extranjeros deben de acreditar examen de
   dominio de idioma español con calificación mínima de 90%. En caso de presentar certificado de estudios
   expedido  en  el país  donde se realizaron en  las  materias en las que se refiere en el punto 5.1 de la
   norma, será  necesaria su traducción por perito al español, en el caso de que dichos estudios fueran en
   un idioma distinto a éste; así como legalizado por la Embajada o Consulado de los Estados Unidos
   Mexicanos en el país de expedición del documento.
 
 
Las fechas y horarios de los cursos, diplomados y exámenes de idiomas, deberán consultarse en la Dirección General de Desarrollo de la Cultura Turística, Calle Schiller No. 138, cuarto piso, Colonia Chapultepec Morales, México, Distrito Federal, teléfono (55)3002 6300  extensión 4432 ó en las oficinas estatales de turismo.
 
 
 
Requisitos para trámite de refrendo de credencial de reconocimiento como guía general.
 
Constancias de cursos de actualización (160 horas)
 
Copia de la credencial de reconocimiento vencida o por vencer
 
Dos fotografías tamaño pasaporte a color en fondo blanco.
 
Formato SECTUR-03-002 debidamente requisitado (actualización de datos)
 
Certificado medico
 
En caso de ser extranjero acreditar nuevamente la legal estancia en el país.
 
El guía de turistas debe presentar ante la Secretaría o ante las oficinas estatales de turismo la solicitud de
   refrendo en los formatos que  le  proporcione dentro de los 30 días anteriores a la fecha de  vencimiento.
 
 
 
Requisitos para trámite  de canje de credencial de reconocimiento como guía general (NOM-08-TUR-2002)
 
Formato SECTUR-03-002 debidamente requisitado (actualización de datos).
 
Dos fotografías tamaño pasaporte a color en fondo blanco.
 
Copia fotostática de la credencial vigente
 
 
Requisitos para trámite de reposición de la credencial de reconocimiento
(NOM-08-TUR-2002)
 
Acta de extravío ante el Ministerio Público.
 
Formato SECTUR-03-002 debidamente requisitado (actualización de datos).
 
Dos fotografías tamaño pasaporte a color en fondo blanco.
 
 
Obligaciones normativas de los guías de turistas generales
 
Para desempeñar la actividad de guía de turistas general es necesario que el  prestador del servicio
   obtenga la credencial de reconocimiento de la norma oficial mexicana,
NOM-08-TUR-2002
 
 debidamente expedida por la Secretaría de Turismo.
 
Los guías de turistas generales deben portar a la vista, durante la prestación del servicio, la
   credencial de reconocimiento vigente de la norma oficial   mexicana.
 
Los guías de turistas generales al contratar sus servicios deben extender el documento que garantice
   las condiciones del servicio, debe contener como mínimo lo siguiente: nombre del guía, registro
   federal de contribuyentes, domicilio y teléfono, número de credencial de reconocimiento, vigencia del
   servicio, fecha en la que prestara el servicio, idioma o idiomas en los que se proporcionara el servicio,
   recorrido e itinerario contratado, tiempo estimado de duración del servicio, costo por el servicio,
   (detalle del mismo con los gastos que incluye), tipo de seguro, (viajero o responsabilidad civil), firma
   del prestador del servicio, nombre y firma del turista, (firma opcional) y comentarios acerca del servicio,
   (opcional).
 
En ningún caso, un solo guía podrá atender grupos integrados por un número mayor a veinticinco
   personas, excepto en el caso de transportación, en el que será suficiente un guía por vehículo, así
   como cuando en el sitio de interés turístico no se cuente con algún otro guía de turistas acreditado
   en el idioma en el que se esta prestando el servicio.
 
 
Ficha del tramite de acreditación o refrendo para guías de turistas especializados en actividades específicas.
 

Trámite
Acreditación, refrendo, canje o reposición  para Guías de Turistas Generales y Especializados en Temas o Localidades Específicas de Carácter Cultural.
 
Usuario
Guías de Turistas Generales y Especializados en Temas o Localidades Específicas de Carácter Cultural.
 
Tiempo de respuesta
10 días hábiles para Guías de Turistas Generales y Especializados en Temas o Localidades Específicas de Carácter Cultural.
 
Comprobante a obtener
Credencial de reconocimiento de la norma oficial mexicana, NOM-08-TUR-2002
 
Área de recepción
Secretaría de Turismo, Dirección General de Mejora Regulatoria o en las oficinas Estatales de Turismo.
 
Domicilio
Av. Presidente Masarik No. 172, primer piso, Colonia Bosques de Chapultepec, 11580, México, Distrito Federal o en las oficinas Estatales de Turismo.
 
Horario de atención al público
Lunes a viernes de 9:00 a 15:00 horas
 
Teléfonos
(55) 3002 6300  extensión 1245, 1243, 1255, 1261
 
 
Correo electrónico
 
Portal
 
Fundamento jurídico
Norma oficial mexicana, NOM-08-TUR-2002, "Que establece los elementos a que deben de sujetarse los Guías de Turistas Generales y Especializados en temas o localidades específicas de carácter cultural.

 
Formatos de Inscripción Guías de Turistas Generales
 
 
 
 
PARA MAYOR INFORMACIÓN:
Dirigirse a la Dirección General de Mejora Regulatoria de la Secretaría de Turismo, sito en Av. Presidente Masarik No. 172, primer piso, Colonia Bosques de Chapultepec, 11580,  México, Distrito Federal,  o al teléfono (5)30026300 extensiones  1245, 1243 y 1255.
 
A T E N T A M E N T E
EL DIRECTOR GENERAL DE MEJORA REGULATORIA
LIC. JUAN MANUEL GONZÁLEZ VALDIVIA
 
ÚLTIMA ACTUALIZACIÓN SEPTIEMBRE 2010
Unidad responsable: Dirección de Normalización y Certificación
 

 

 
Última modificación:
Friday, February 3, 2012 a las 14:08:47 por José Luis Cruz Galicia